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Antiguo 21-08-2025, 23:07
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Oscar1966 Oscar1966 esta desconectado
Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Aclaraciones Real Decreto.

Cita:
Originalmente publicado por Curroalberola Ver mensaje
Después de ver lo que se ha publicado en otros hilos ahora ya no tengo claro nada.

Creo que voy a ir otra vez a Capitanía y a la Guardia Civil a ver si consigo aclarar algo.

Me llevaré impreso el oficio de 25/11/2013 para que a la vista del oficio me aclaren algo.
En tu respuesta número 8 de este hilo dices claramente lo que aplica. Depende de lo que diga tu certificado de navegabilidad. Si dice que tu barco está autorizado para una zona, entonces debes llevar el material de seguridad exigible para esa zona siempre.si tu certificado de navegabilidad no especifica ninguna zona, que es lo que ocurre en el caso de barcos nuevos con marcado CE, entonces hay que llevar el material exigible para la zona en la que estés navegando.

Saludos, Óscar

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