Cita:
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Originalmente publicado por chula;2497748[...
Oteo seria el numero de pirotecnia exigida, si los chalecos deben ser Solas, etc... como no tenemos limitacion zona de navegacion, y
en mi caso, tampoco numero de personas a bordo...
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Como te ha dicho más arriba el cofrade humpback, si no eres residente en España, tu barco no está sometido a las arbitrariedades de la DGMC.
Por otra parte, es muy habitual la confusión sobre la aplicabilidad del convenio SOLAS a los barcos de recreo. Lo que dice el convenio es:
"Regla 3
Excepciones
a) Salvo disposición expresa en otro sentido, las presentes Reglas no serán aplicables
a:
[...]
v) yates de recreo no dedicados al tráfico comercial
[...]"
Entonces te preguntarás ¿qué normativa es aplicable a los chalecos salvavidas? Mira aquí (

por la autocita):
https://foro.latabernadelpuerto.com/....php?p=2352562
En definitiva, con que tus chalecos salvavidas cumplan el requisito de marcado CE, es suficiente. Sin embargo, la mayor parte de los chalecos llevan la marca de la rueda de timón; esto es porque los fabricantes han evaluado sus productos con respecto a la Directiva MED.
Saludos y
