Discusión: Incidentes con orcas
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Antiguo 05-10-2025, 20:22
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Incidentes con orcas

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Originalmente publicado por aaledo Ver mensaje
Naturalmente que es sólo una opinión y puedo estar equivocado, pero creo que cuando dice "En caso de mal tiempo o de riesgo de naufragio, el capitán adoptará cuantas medidas crea necesarias para procurar la seguridad del buque y la salvación de las personas y de los bienes, buscando resguardo, efectuando arribada forzosa o recurriendo sin demora a la solicitud de salvamento, pudiendo contratarlo si fuere necesario", lo normal es entender que cita tres ejemplos, sin descartar otras actuaciones tendentes a lo mismo.


Por ejemplo evacuar a los pasajeros en los botes salvavidas, o en caso de vía de agua cerca de la línea de flotación correr la carga o tirarla al mar para que el agujero quede por encima de la flotación, o si el barco se está hundiendo vararlo en una playa, o el caso que nos ocupa, si una orca va a hundir el barco espantarla con ruidos o con petardos. Si sólo fueran legales los tres que cita como ejemplo la actuación del capitán no podría ser "adoptar cuantas medidas crea necesarias", sino sólo esas tres.


Pero por eso tengo tantas ganas de que un caso llegue a la justicia y se defina. Estaría bien que algún cofrade con conocimientos jurídicos diera su opinión.


Con toda cordialidad.
Desde mi humilde opinión, el precepto no pasará a la historia por su claridad, porque parece carecer de sentido hablar de "cuantas medidas sean necesarias" y luego establecer una limitación de las mismas. NO obstante uno de los principios de interpretación de la normas es el de "Inclusio unius exclusio alterius" por lo que no se permitirían acciones distintas a las expresamente contempladas en el precepto.

Pero esta no es la única norma interpretativa, ya que debe adecuarse a la realidad de cuando deben ser aplicadas, y es seguro que el legislador ni previo en el momento de su redacción la cuestión de las orcas. Ene este caso hay dos bienes jurídicos a proteger, la vida humana y la del animal, y el ordenamiento evidentemente debe proteger antes la vida humana, por lo que la interpretación debe ser siempre la más favorable a esa protección.

¿Sígnica eso que no va a ser sancionado si por salvar tu barco dañas a la orca? en absoluto. Esto ocurre como con las infracciones imprudentes; si te saltas un stop y no hay un peligro añandido, pues multa y arreando; si matas a alguien por saltarte el stop, estás jodido, a pesar de que la imprudencia fue la misma. Pues aplicar mutas mutandi ese argumento al caso de las orcas. Si hay muertos o heridos no te van a sancionar porque se intentó salvar el bien jurídico superior. peor si solo intentas asustarlas o evitar daños materiales igual tienes su problema.... cosa del derecho, donde ni todo es blanco, ni negro, ni a veces gris.... Algunos le dicen inseguridad jurídica.

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4 Cofrades agradecieron a Ligera este mensaje:
aaledo (05-10-2025), antodelg (06-10-2025), caribdis (06-10-2025), Josejoaquin (05-10-2025)