Cita:
Originalmente publicado por Calixto
Como es una cuestión administrativa, la eslora que debes de considerar es aquella que aparece en el registro de la embarcación. Todas las demás consideraciones sobran. 
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Exacto. Mira el permiso de navegación del barco. Allí lo pone. Cuando la Guardia Civil te pare deberás enseñárselo y ellos no miden.
