Cita:
Originalmente publicado por ROyOR
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De todas formas, para quedarte mas tranquilo, puedes enviar un correo electrónico a la Capitanía Marítima que tengas mas cercana y hacer la pregunta. ...
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La más cercana a qué?A mí correo electrónico?.
La ley es la misma para todas las capitanías. Y lo único que hace falta es repasar esas leyes
Reales decretos 339/2000 y 550/2020.
Y yo me pregunto? DE QUE C*Ñ* sirve tanto título y titulitis, si luego ni sabemos que se puede hacer o no?