Discusión: IVA en lista 7ª
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Antiguo 30-04-2008, 00:36
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Predeterminado Re: IVA en lista 7ª

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Originalmente publicado por EDMAGO57 Ver mensaje
El alquiler es una explotación comercial, pero no es la unica. Un barco de pasajeros o uno de transporte de mercancias tambien constituyen explotacion comercial y no estan en la lista 6ª. Además una empresa puede tener un barco sin intención de explotación comerciat y de hecho en la nueva ley de sociedades se prevee la inclusión de bienes no afectos a la actividad social, o sea para uso particular de los socios. En cualquier caso, estando en lista 7ª es bastante extraño que no se tenga pagado el IVA. Saludos y
Sólo he dicho que el alquiler es una actividad comercial, con lo que veo que en este particular estamos de acuerdo.

Un barco de pasajeros o un transporte de mercancías no aplica como actividad permitida a una embarcación de recreo. Un ejemplo un poco mejor de uso alternativo puede ser un barco escuela de prácticas.

Lo de que una empresa pueda tener un barco como posesión de los socios (independientemente de la Ley de Sociedades) tengo mis dudas, sobre todo por los requisitos de Capitanía en lo referente a la matriculación. Creo que un lista 7ª sólo pueden matricularlo personas físicas. Aunque es verdad que en este caso no estoy totalmente seguro.

Lo que sí es cierto es que una empresa puede matricular un barco en lista 6ª, liquidar el Impuesto, y hacer un uso mixto (socio/arrendatario de alquiler), cuestión que tiene algunas particularidades desde el punto de vista de la desgravación del IVA de lo referente a la embarcación.

Saludos.
Rog
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Y a la voz de: " ¡¡ A por ellos, que son pocos y cobardes !!, se abalanzaron sobre el que suscribe..."
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