La Disposicion Adicional Primera de la ley de impuestos especiales (incluido el impuesto de matriculacion) establece la obligacion de matricular los barcos cuyo destino es ser usados por residentes, como tu amigo.
El incumplimiento de la obligacion de matricular es una infraccion grave o muy grave en la Ley de Puertos (no recuerdo). Y las multas por estas infracciones pueden ser millonarias, aparte de otras consecuencias (tipo precinto, etc.).
Saludos,
