Cita:
Originalmente publicado por Roger Rabbit
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Pones dos cuestiones diferentes sobre la mesa.
Una es la responsabilidad del coordinador de seguridad del evento, de inspeccionar In Situ el estado de las embarcaciones.
En mi opinión, del RD no se desprende necesariamente este extremo.
Existe un documento que se acepta oficialmente y se denomina Declaración Responsable.
Si el número de participantes es elevado, ante la imposibilidad de realizar una inspección In Situ, estoy seguro que el Director de Seguridad de la Capitanía, aceptaría una copia del certificado de navegabilidad con una declaración responsable del Patrón de que los equipos que figuran en el inventario están en buen estado de mantenimiento.
Aunque a decir verdad, eso es lo que inspeccionan en las ITBs con lo que me parece algo redundante e innecesario.
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Roger, ¿en qué lugar del RD está lo de la Declaración responsable?
Porque aquí de lo que se habla es de que tienes que cumplir lo que pone el RD, no de lo que me pueden aceptar, como tu
suposición de que se aceptaría una declaración y tal y tal... Y ya en posts anteriores a éste ya te han dicho lo que pone la "ley" (RD).
¿Que es lo que hemos de hacer, lo de hecha la ley, hecha la trampa?
Por otra parte, creo que conviene resaltar para los que "defendéis" que eso es más o menos lo que ya había que, además de que no es así, es que lo que había ya era absurdo. Perdón, puntualizo un poco más: estúpido.
Porque me parece muy bien que esté regulado que nadie puede montar un campo de regatas en un sitio de paso de cargueros, o en la bocana del puerto, o que se tengan que tener ciertas condiciones de seguridad, pero ¿que el capitán marítimo tenga que conceder una autorización expresa para que pueda celebrarse un acto en el cual se reúnen unos cuántos barcos a hacer un recorrido de 2' y cerca de la costa?: ¡por favor!.
Eso me recuerda la antigua normativa de despachos: los que ya peinamos alguna cana en lo de la náutica recordaremos que hace ya unos aprox. 20 años tenías la obligación de despachar el barco cada día que salías a navegar..
Si, si, los que no lo habéis vivido os parecerá guasa, pero se tenía (teóricamente) que ir a capitanía y que te sellasen el rol, diciendo que saldrías a tal hora y volverías a tal otra, dando cuenta y demás.
¿A nadie le lleva ninguna similitud con lo ahora impuesto?
Insisto, me parece muy bien que el tema de concentraciones/regatas esté regulado. También me parece correcto que una regata de travesía con un recorrido de más de por ejemplo 15 - 20' (donde los barcos pueden dispersarse bastante y alejarse de la costa, etc.) se obligue a los organizadores a informar de la celebración y que ésta transcurra bajo una serie de medidas, pero para regatas que transcurren a máx. 3' de la costa, con un grupo reducido de barcos que están todo el rato en el campo visual de todos, etc: ¡por favor!
No quiero seguir para no extenderme más aún, pero como resumen quiero decir que lo que debería de haberse hecho es eliminar disposiciones obsoletas en vez de dar aún una vuelta de tuerca más al tema.
En el próximo RD me veo ante la obligación de presentarse vestidos de gala ante el capitán marítimo a todos los participantes antes de empezar la peligrosa prueba deportiva...