Yo creo que por más vueltas que le demos a este tema, no llegaremos nunca a buen puerto (valga la redundancia), por un motivo muy simple, porque el asunto de esta cuestión (y aquí discrepo con Ocell) no es que se hayan anulado regatas, que para mí es algo circunstancial. El asunto de fondo es la determinación de la responsabilidad.
Intento por todos los medios explicar que no me gustan las reglamentaciones profusas, confusas y que se presten a arbitrariedades, pero nadie quiere entender que queda un problema serio por resolver; la responsabilidad. Y con esto NO digo que el RD sea el mejor medio de resolverlo, ni siquiera un medio apropiado, sino que el problema hay que analizarlo en ese contexto, porque a lo mejor, la falta de diagnóstico correcto nos impide poner sobre la mesa soluciones que aborden el problema.
Si la conclusión de la lectura del RD es que las Autoridades Marítimas lo único que quieren es cargarse la náutica de recreo, o fastidiar a los regatistas, o adoptar novedosamente una postura autoritaria (la Administración, por cierto, es por definición autoritaria, puesto que no somete a sufragio sus decisiones administrativas) pues creo que erramos el análisis. ¿Qué queréis que os diga?. Me resulta igual de absurdo que pensar que los regatistas y organizadores de eventos están todos como cabras y son unos temerarios impenitentes. Ninguna de las dos visiones me parecen suficientemente enfocadas para resolver el problema que, tan torpemente, el RD pretende resolver (que es lo que yo, personalmente, interpreto de su lectura).
Veamos, si un club náutico privado decide realizar un evento, con sponsors que le financian, con premios o no en metálico, como una actividad lúdica en un espacio común que son las aguas costeras, y con todo el derecho del mundo, dado que está empleando un espacio común, debe coordinar su utilización con los que tienen la responsabilidad de esa coordinación ¿es esto tan complicado de asumir?. ¿Podría un club ciclista organizar la vuelta a Calahorra por la autopista A134 por su cuenta y sin decirle nada a nadie?. Este punto no me parece tan descabellado. Otra cosa es que se orqueste bien el requisito, pero no me podéis negar que lo lógico es que exista esa coordinación. Estoy pensando en lugares como, por ejemplo, la Bahía de Cádiz, donde resulta muy necesaria.
Evidentemente, el responsable de coordinación, que para eso está ahí, puede denegar el permiso por causas justificadas (referentes a cuestiones de tráfico marítimo que tiene que coordinar). Si no pudiese hacerlo, no tendría sentido que se solicitase el permiso. De hecho alguien ha mostrado que es algo que, con toda la lógica del mundo, se ha venido haciendo. Me sorprende que no se entienda esta cuestión en particular, y que se haya comentado en el sentido en que he podido leer.
Ahora viene el tema de la seguridad. No hay ningún requisito de seguridad en el RD que no existiese previamente, me refiero en cuanto a equipamientos de las embarcaciones. En este punto no entiendo la insistencia del Decreto y la duplicidad con normas ya en marcha. De nuevo es una reglamentación torpemente orquestada, pero que no dice nada que no haya que cumplir ya desde el principio. La única queja que puedo comprender en este punto en concreto es: ¡ vaya tíos pesaos, otra vez con el raca-raca !. Y sería una queja fundada.
Pero el tema gordo es el de la responsabilidad, y es lo que apunta Maite.
En este punto el RD es torpe y Administrativamente farragoso, como todo lo que suelen hacer en el Ministerio de Fomento.
A mi juicio, el RD se podría haber reducido a un punto: los organizadores del evento serán responsables de la seguridad y deberán aportar garantías de poder responder a esa responsabilidad si se produce. Punto.
¿Por qué digo esto?
Si al llegar la regata a los bajos del castillo de San Sebastián, el patrón no tiene una carta (elemento de seguridad) y no conoce la zona, el barco le pega una "caricia" a las rocas, y un tripulante tiene un accidente y queda inválido. No hay dinero en las coberturas regulares de nuestros seguros para cubrir esa contingencia. Porque el seguro de daños obligatorio establece una cantidad de 360.000 euros (si no me equivoco) para daños personales, con un máximo de 120.000 por persona. Con 120.000 euros no tienes ni para pipas en una invalidez.
Lógicamente, las cantidades que, sin duda serán reclamadas, harán que se declare insolvente hasta el apuntador. Y esa responsabilidad recae sobre el erario público. Y aquí es donde viene el problema. ¿Qué culpa tiene Doña María Asunción Guerrero Mijas, vecina de Cuenca, de que todo esto haya pasado?. ¿Tiene Doña María Asunción que pagar por ello?. A mi juicio, no.
Para resolver esta pregunta, hacen este torpe decreto, con lo que en vez de resolverlo lo complican. Y vuelvo una vez más a insistir en que me parece muy mal montado todo este tema. Y vuelvo a decir que, independientemente de lo que diga el decreto, entiendo que los motivos son los que he expuesto.
Lo de las rocas y el Castillo de S. Sebastián pasó en realidad en otra versión y sin daños personales en la Vuelta a España, pero pudo haber sucedido lo peor. Y entonces ¿qué?.
Saludos.

Rog
PD: "¡ Vaya coñazo que les he soltao !"