Cita:
Originalmente publicado por churruca
Vamos a ver la Ley de Prevención de Riesgos laborales existe y es aplicable a TODOS, si por ejemplo tú trabajando en tu barco tuvieras un accidente mortal (leáse aplastamiento por que el barco se te caiga encima, electrocución al tocar cualquier elemento eléctrico un charco de los muchos que abunda por los varaderos o muerte al caer desde tu barco al suelo) la empresa responsable sería la empresa concesionaria del varadero y daría igual ante la inspección de trabajo cuantos contratos privados tu hubieras firmado con ellos, ellos deben de tener un responsable de prevención de riesgos el cual debe obligar tanto a sus propios trabajadores como a las empresas auxiliares que trabajan en tus instalaciones a tener un curso de prevención y sobre todo a cumplir la legislación sobre la prevención de riesgos.
Por lo tanto, ni valen los papeles firmados, ni por supuesto son invento de unos señores, ya sabeis que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento, así que por favor "patachula" no consideres la Ley de Prevención como un invento para que unos señores te impidan trabajar en tu barco, pues la Ley existe y está ahí.
Saludos.
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a ver si nos aclaramos que yo sepa la LPRL no es aplicable a estos casos ya que no hay relación laboral entre el propietario del barco y la empresa concesionaria, pues solo me faltaría tener que fichar los fines de semana a las 8 a.m

en su art.3 "ambito de aplicación " dice que
Esta Ley y sus normas de desarrollo serán de aplicación tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como en el de las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas, .... ...