Pabellón europeo
Mi pregunta es la siguiente:
Puede un ciudadano español mantener la bandera de otro pais de la comunidad en un barco de su propiedad?
Se supone que dicho ciudadano cumple con las normas de dicho país. Por ejemplo, dicen que en Inglaterra para tener un barco bajo su pabellón es necesario facilitar un domicilio de aquel pais en el que el armador resida 6 meses. Si se cumple ese requisito, es posible tenerlo bajo bandera inglesa. Pero, te lo puede impedir la administración española, en la que tu estás empadronado?
¡Jefe!, esos gin-tonics que le he pedido antes.
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