Por fin me he decidido.

Desde que lo ví me dije: "este es tu barco" . He cerrado el trato para comprar un precioso P23 al que le tengo que devolver la dignidad que se merece.



Una de las cosas de la larga lista de achaques que tiene, es que es un velero sin motor. Si ya lo sé una p.....da

, no por adosarle un fueraborda, sino por el lio de papeleo que me queda.
Cuando el antiguo dueño le quitó el Solé que tenía no lo dio de baja en Capitanía. Entonces mi pregunta es

:
- ¿Qué hago? ¿Como puedo legalizar esta situación?
- ¿Que motor pongo en el contrato de compraventa, el original y le hago yo el trámite para darlo de baja o no le pongo nada?
- En caso de que ponga el motor inexistente en el contrato, ¿tiene que ver algun ingeniero o inspector o listillo el motor y certificar que sí, que efectivamente tienes un motor que quieres quitar o lo quito y ya está?
- Si no pongo ningún motor, creo que no es factible desde mi punto de vista, pues no me lo dejarán pasar.

Por favor si Inspectorate pasa por la taberna, le comentais mi caso y que me ayude. Gracias cofrades y motorizadas tardes.
