Re: Interpretación del RD de radiocomunicaciones
Estoy en trámites para matricular para zona 5 y releí bastantes veces la ley: mi conclusión es que si llevas vhf portátil no tiene que tener dsc. Lo deja clarísimo el artículo correspondiente del decreto (Dios nos libre de ese inspector ¿de dónde sacó ese hombre que estas normas se "interpretan". Podemos estar de acuerdo o no con ellas, pero son claras y meridianas)
Eso sí, creo que los equipos de radio, lo cual creo que incluye los potátiles, tienen que estar homologados por la Dirección General de la Marina Mercante. Hay un listado en la página del Ministerio de Fomento que estuve viendo el otro día.
Por cierto ¿Alguien sabe si a parte del equipo homologado declarado en la documentación, legalmente se puede llevar en el barco otro no declarado ni homologado de respeto?
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