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Antiguo 24-05-2008, 21:47
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: CERTIFICADOS MEDICOS - (ojo a su emisor)

Corti-Pegui:
"RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 1997, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se desarrolla la Orden de 17 de junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo."
...
Primero. Cuadro de aptitudes psicofísicas.
a) Para la expedición, renovación o convalidación de cualquiera de los títulos regulados por la Orden de 17 de junio de 1997, el solicitante deberá presentar ante la Administración competente, un certificado médico
ajustándose a lo dispuesto en el cuadro de aptitudes psicofísicas contemplado en el anexo I de la presente Resolución, que le acredite reúne las condiciones psicofísicas para la obtención de los títulos de navegación exigido por el artículo 15 de la Orden de 17 de junio de 1997.


b) Se considera que aquellas personas que han realizado el reconocimiento médico necesario para la obtención o prórroga del permiso o licencia de conducción de vehículos, establecido en el Reglamento de Conductores
y en cualquiera de sus clases, tienen la aptitud psicofísica necesaria para el manejo de embarcaciones de recreo con excepción de la capacidad visual en cuanto al sentido luminoso y visión de los colores, por lo que se aceptará la presentación del permiso o licencia de conducción en vigor unido a un informe de un médico o diplomado en óptica en el que se certifique que el interesado cumple con el criterio 1.3 del anexo I, en
sustitución del certificado médico emitido en conformidad con el cuadro de aptitudes del anexo I, limitando el período de validez del documento acreditativo del título obtenido o renovado para el gobierno de embarcaciones de recreo, al indicado en el permiso o licencia de conducción.


1.3 Sentido luminoso y visión de los colores:
No se admiten alteraciones de la visión mesópica ni daltonismo u otras alteraciones de la visión de los colores, que impidan la correcta interpretación de las señales luminosas

Vamos, que vale una fotocopia compulsada del carnet, y un certificado médico en que diga que distingues los colores fundamentales (o papelin del óptico). Todo ello válido mientras lo sea en carnet de conducir.

Perdonen Vds por el ladrillo...

Ah, una prueba (OT): si se introducen en el Google-Earth en "buscar" las siguiente coordenadas (corta-pega), se ve mi barco en el atraque.
36,59666667 -004,51151667

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