Ver mensaje
  #10  
Antiguo 03-06-2008, 20:25
Avatar de Tatatoa
Tatatoa Tatatoa esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 27-10-2006
Localización: puerto base: Badalona, navego Catalunya y Baleares
Edad: 70
Mensajes: 4,610
Agradecimientos que ha otorgado: 780
Recibió 761 Agradecimientos en 429 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: ¿Puede un posible sponsor desgrabar fiscalmente por la "donación"?

Tenemos que tener en cuenta dos conceptos basicos:

1º GASTO CONTABLE


2º GASTO FISCALMENTE DEDUCIBLE.
-------------------------------------
Cualquier empresa puede tener gastos. pasados a su contabilidad para que a la hora de rendir cuentas a los socios de la misma queden justificados y el administrador ha realizados esos con buen criterio, por necesidad o por obligación.

Ahora bien existe el criterio FISCALMENTE DEDUCIBLE, posiblemente esa empresa puede haber sido sancionada por el Ente publico determinado por no cumplir una normativa. Ese sería un GASTO CONTABLE pero FISCALMENTE NO DEDUCIBLE. Por lo tanto a la hora de efectuar el calculo del impuesto sobre sociedades, habría que aumentar la base imponible de esa cantidad para cumplir con la ley. (Las bases imponibles contables y fiscales no siempre deben coincidir.)

En cuanto al tema del gasto de una donación....... Esta claro que sí esa donación va destinada a una ONG reconocida como de utilidad publica, o bien se trata de un evento cuya organización se ha incluido (Valencia, Zaragoza, por eso de las expos y similares). El gastos es tambien fiscalmente deducible.

Otro caso PAGAMOS LAS VELAS DEL VECINO DEL PANTALAN QUE PARTICIPA EN UNA REGATA. Si las velas del vecino son rotuladas y con letras bien grandes con el nombre de nuestra empresa, y la factura del velero la emite a nuestro nombre con el IVA correspondiente. Pues se puede considerar tambien fiscalmente deducible, (PUBLICIDAD Y PROPAGANDA- son deducibles aquellos gastos necesarios para el buen funcionamiento del negocio y la publicidad lo es).

Otro caso, pago el evento del Club de Vela de mi puerto, hay dos opciones, compro todo lo necesario a nombre de mi empresa con las facturas correspondientes, y sin más podría deducirlas. Procuraría siempre en todo caso que existiera una carta de agradecimiento del Presidente del Club por la aportación efectuada y si es posible una buena pancarta con el nombre de la empresa como patrocinadora del evento.

Hago una donación monetaria, normalmente en esos casos, creo que el Club de Vela, o quien fuera, debe de ser una entidad debidamente constituida y Registrada con su C.I.F., en esos casos los estatutos siempre hablan de como se fianciaran sus actividades, (cuotas de socios, donaciones etc.) por ser entidades sin animo de lucro, pueden emitir la carta de agradecimiento - Recibo de la aportación que figurará logicament en la contabilidad del Club.

Puede ser un gasto deducible como RELACIONES PUBLICAS de la Empresa donante, (nadie puede negar que muchas veces se pueden cerrar negocios entre empresas y socios (que tambien tienen empresa) del mismo club.

Eso sí, siempre las cantidades que se donen, indicar si es posible, el motivo, para el mantenimiento del club, para compra de un armario etc. y si si trata de cantidades dentro de la normalidad (no hablamos de millones de euros) puede ser perfectamente deducible de impuestos.

__________________
Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante)
EA 3 CBT
Citar y responder