

Cita:
Originalmente publicado por Epops
El problema, a mi modo de ver, es otro.
Según la ley "vicente", todos los puertos deben reservar el 10% de amarres para transeuntes.  Llámase transeunte a aquel que, sin pertenecer al puerto, arriba a él para una estancia no superior a siete noches.
...........
No hace falta un ppem. Solo es necesario que se cumpla lo prescrito. Pero eso es otra historia 
|
Tienes razón y efectivamente lo del 10% es dificil de comprobar, lo que me
estoy refiriendo con el PPEM es a algo que posiblemente tienen o deberian
tener, sobre todo en puertos (Ej. Islas o de Cartagena a Almeria o C. Brava)
donde se sabe que en ciertas epocas del año (verano) su congestión es
altisima pero que a pesar de la epoca no estan exentos de situaciones
meteorologicas de peligro, situaciones que se han dado anteriormente
y que han creado perdidas de barcos aunque afortunadamente no de vidas
(De momento).
¿Es tan dificil que puertos de areas como las antes descritas fuesen obligados
a tener un plan para emergecias de ocupación?
¿No podria ser para sus autoridades incluso una forma de amejoramiento
de conocimientos?
Nosotros sufridos "paganos" deportivos confiariamos aun mucho mas en el
alto nivel de competencia de esas autoridades.
Saludos
Miahpaih
"Un barco esta mas seguro en Puerto, pero esta, no es la funcion para la que
fué hecho".


