Cita:
Originalmente publicado por Nelson
Rog, imagino que como en otras cosas, eso depende de la zona donde estés. En Cataluña, en las inspecciones de 6ª, lo habitual es que la Administración Tributaria envie esas circulares a los clientes (ignoro si sistemáticamente o aleatoriamente).
Saludos

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Tienes razón, la AEAT no se comporta igual en todas las zonas, depende de la dirección de la zona y los inspectores que estén allí. Por eso comentaba que es un tema farragoso. A esto hay que unirles lo farragoso de las normas y la existencia de lo que ellos llaman "criterios", que son parches que ponen cuando todo el mundo ya se sabe el truco para evitar la norma. En fin, un laberinto, para eso hay asesores.
Para Sailor.
Claro que entiendo tu cabreo, pero mi duda proviene de una de las preguntas que te formulan en la carta que te han enviado.
Es normal que, si presentas una relación de facturas con sus correspondientes contratos (lo que piden normalmente en la Inspección, además de un chorro adicional de documentos), comprueben que los DNIs o CIFs a los que se factura, sean reales. Hace no mucho se destapó una trama de facturas falsas que le costó la cárcel a más de uno. El asunto es que, pasas de ser merecedor de una sanción económica (en caso de no alquilarlo realmente o hacer un uso privado), a cometer un delito de falsedad, que no es moco de pavo.
En los contratos de alquiler, figura normalmente el nombre del cliente que alquila el barco, su NIF, su domicilio y titulación. Y pienso yo (y por eso dije que no quería ampliar mi comentario) que sólo solicitarían esa información que te piden a tí, en caso de que el alquiler hubiese sido a nombre de una sociedad. Es decir, que fuese una empresa la que alquila. Esto es lo que me ha hecho pensar esa pregunta que te hicieron.

Rog