Cita:
Originalmente publicado por IsladeMalta
Estimado Mazarredo,
Lamento decirte que estas equivocado en el orden de los factores a tener en cuenta.
El RIPAM es categórico en este aspecto. Se observa
1) el tipo de embarción implicada
2) los condicionantes que puedan conferir o restar preferencia a este tipo de embarciones
3) la ruta seguida.
Por lo tanto, un navío con propulsión mecanica que no tenga impedimiento de ningun tipo (maniobra restringida por la razón que sea y que tenga que señalizar), sea cual sea su rumbo, deberá ceder el paso a un velero (que use el viento como medio exclusivo de propulsión), sea cual sea su rumbo(excepto si es el velero quien alcanza), por mucho encarnado que tenga a bien de enseñarle.
Además y como muy bien te lo dice Choquero, la velocidad reducida no es sinínimo de maniobra restringida.
Así pues, un velero que se ponga al pairo (acuartelando su foque) tendrá que maniobrar a cualquier otra nave que tenga preferencia (velero amurado a estribor/ a sotavento/ buque con maniobra restringida, etc).
En una cosa sí que tienes razón: el RIPAM está bien hecho. No exime sin embargo los usuarios de la observación de otros factores que les pueda dictar la prudencia. A veces, por mucha preferencia que tenga un velero, el sentido común recomienda la retirada.
Sea cual sea la maniobra, debe ser clara y, si hace falta, comunicada al interesado por radio.

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Estimados cofrades, saludos y
O yo no he entendido el problema, o no he sabido explicarme: el velero viene por estribor del bote, no hay discusión posible. No hace falta que sea velero, es una embarcación que le muestra la luz roja a otra, además de "inferior categoria en el RIPA", pero ya he dicho que el bote tiene que maniobrar al velero, no porque sea velero, si no porque le sale por estribor.
Y en el supuesto citado en origen, el velero no tiene velocidad por falta de viento (o eso supongo), en ninguna parte del enunciado se dice que el velero esté a la capa, si no que va a 1 kn de velocidad, por falta de viento.
He explicado que llevar un velero no es "patente de corso" y que el RIPA establece un buen número de excepciones a la regla tan cacareada del vapor y el velero.
Y por supuesto, absolutamente en todos los casos, se está obligado a señalizar las condiciones de navegación, con lo cual estoy totalmente de acuerdo.
Si no se explicarme, por favor, no me lo tengais en cuenta.
Un saludo y
