Cita:
Originalmente publicado por Nick
Hola otra vez...ya que estas por aquí  ...
Si mi barco es de 1999 y esa normativa de 2003...no tendría porqué cumplirla...vamos digo yo...
Gracias de nuevo y tomate lo que quieras. Será por perres!!! 
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Desde junio de 1998 toda embarcación de recreo nueva que desee comercializarse o entrar en servicio en cualquier estado de la unión europea debe llevar un marcado CE. Llevar ese marcado CE obliga a la misma a disponer de un manual del propietario redactado en la lengua del país del usuario y la información que debe contener, su estructura, etc. vienen recogidas en un norma internacional armonizada ISO.
Naturalmente, la directiva comunitaria, nacida en 1998, ha ido evloucionando con los años, hasta llegar a la actual 2003/44/CE. Pero lo del manual del propietario viene desde los inicios, en junio de 1998.
En resumen, cualquier embarcación construida a partir de junio de 1998 para llevar pabellón español precisará de un manual del propietario.
El problema viene en que la norma europea deja una práctica total libertad de actuación a los astilleros. Son pocos los requisitos técnicos que están obligados a ser comprobados por la entidades notificadas, Y MUCHOS los que son autocertificados por los propios astilleros, quienes juran por su hornor que el barcos y su documentación técnica y que se da cumplen con todo lo dispuesto.
La verdad, es que muchos constructores, algunos por ser muy pequeños y desconocimiento, otros por plena dejadez (algunos de ellos de los grandes europeos) pasan olímpicamente de las normas y de hacer las cosas y los papeles bien.
En los constructores es menos usual, en los importadores pequeños de países terceros tristemente mucho.
Por eso, la importancia de acudir a un buen gestor o a unos buenos consultores u oficina técnica experta en estas lindes, ya no para asesorarse, sino para que nos comprueben que todo está OK. Revisar y arreglar un papel mal hecho antes de presentarlo en capitanía puede evitarnos muchos disgustos.
Hay muchos manuales, que son incorrectos, y con traducirlos o hacer una traducción del mismo legalizada no es suficiente, ya que estará en castellano, pero no cumplirá con la norma.
Mi consejo, acudir a un técnico competente, para que nos prepare un nuevo Manual del Propietario en castellano que cumpla la norma. A veces es más barato que la traducción, y nos evitará el problema o la duda de si cumple o no cumple con la norma dichosa.