Re: Orden de retirar embarcaciones fondeadas en San Javier
A mi en esta noticia me parece que hay mas ruido que nueces, como ya han dicho varios cofrades entiendo que no es competencia municipal el sancionar a los barcos fondeados, los pivotes azules que delimitan la zona de dominio público marítimo-terrestre no están de adorno, así que ya veremos como acaba el tema, y que se preparen los servicios jurídicos municipales ante la avalancha de recursos que pueden llegarles si se decidiesen a sancionar, y sobre todo a como aplican en su caso ese bando, desde mi punto de vista nulo por razon de la materia, ya que quien mas y quien menos de entre los funcionarios del ayuntamiento tiene una patera o un familiar o amigo con su patera fondeada allí, así que en su caso habrá que ver si se intenta aplicar el "bando" a todos por igual o por "bandos".
El sábado me comentaron que habían visto a la GC haciendo fotos de los barcos fondeados por esa zona para denunciar a costas, yo no se que pensar, yo desde luego no vi a nadie.
De todas formas, quizá deba explicar la Sr. Alcaldesa por que se mete con los barcos, en su gran mayoría fondeados en zonas no habituales de baño y que dudo mucho que causen mayor perjuicio a los bañistas que el que me causa a mi que los bañistas dejen la arena llena de cáscaras de pipas o que el Ayuntamiento deje las papeleras de según que playas a rebosar de basura durante la mayor parte del año (aunque luego intentan lavarle la cara en el veranito), como decía debería explicar porque no toma medidas contra determinadas construcciones que incumplen la ley de costas, invadiendo el dominio público marítimo-terrestre con licencia municipal, o porque no se respeta en la Isla del Barón la distancia mínima y obligatoria de 6 metros de servidumbre de tránsito que establece la ley de costas, al menos las veces que yo he fondeado allí los cartelitos de prohibido el paso están a escaso medio metro de la linea de ribera, y esto sin tener en cuenta el resto de franja de dominio público marítimo terrestre que tampoco se respeta. Desconozco el título habilitante que los propietarios de la Isla tienen sobre esta franja, pero aún siendo anterior a la ley de costas, como supongo que lo es, la propia ley impone a la admon la obligación de expropiar dichos terrenos indemnizando a sus titulares, a lo mejor piensan pagar el justiprecio con las multas que nos pongan.
En resumen, desde mi punto de vista cualquier sanción que se imponga a alguien en base a dicho bando puede ser constitutiva de un delito de prevaricación, así que ya se pueden agarrar los machos.
El reglamento de bienes establece expresamente la posibilidad de otorgar concesiones de uso privativo, o especial, del dominio público, quizá la solución venga por este lado, la administración titular del bien puede establecer una tasa por el uso privativo del dominio público marítimo terrestre con lo que se restablecería (si es que alguna vez se ha roto) el equilibrio entre el interés general y el de los armadores poniendo fín a la ocurrencia de una iluminada mal aconsejada, y a nosotros, vamos por lo que a mi respecta, tasa mas que menos no me va a amargar, si no es esa tarde o temprano se inventarán otra .................
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