Muy buenas..............
desde junio entro en vigor el decreto de marinero pescador, mi pregunta es si con esta tarjeta se puede llevar un barco de 5m de la lista 3º.
ya ke en su testo dice textualmente:
REAL DECRETO 1519/2007, de 16 de noviembre, por el que se establecen los conocimientos y requisitos mínimos para ejercer la actividad profesional de marinero en buques de pesca.
La Tarjeta Profesional de Marinero Pescador facultará a ejercer de tripulante subalterno para cualquier servicio en los buques dedicados a la pesca o auxiliar de acuicultura.
Asimismo, facultará para
manejar con fines comerciales embarcaciones de
menos de 10 metros de eslora, dedicadas a la pesca o auxiliar de acuicultura, que operen exclusivamente
dentro de aguas interiores de puertos y tengan una potencia adecuada a la embarcación, y siempre que no transporten pasajeros.
Para ejercer el mando deberá haber realizado un
periodo de embarque no inferior a 6 meses, como tripulante subalterno en buques de pesca o auxiliar de acuicultura, desde la fecha de expedición de la Tarjeta Profesional de Marinero Pescador.
yo entiendo ke para salir a la bahia ha calar sirve como patron de este tipos de embarcaciones,no??
ke opinais??
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: borracho:
saludotes y.