Cita:
Originalmente publicado por Pardillo
Pero y aquello de que nadie me puede obligar a ir mas alla que el rumbo debido ( para mi barco) si yo ciño a 40 y el de sota a 35 , no me puede obligar ir mas alla del 40. 
Salud y copas.
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primero tienes que estar en regata, pues es en ellas donde se aplica el 'rumbo debido':
Un rumbo al cual un barco navegaría para terminar tan pronto como fuera posible en ausencia de otros barcos aludidos en la regla en la cual se usa la expresión. Un barco no tiene rumbo debido antes de su señal de salida.
y segundo en esta situación no creo que fuera aplicable.
La gracia del ceñir en regata está ahí, en que diseños y trimados ciñen más que otros y en un momento dado obligar al contrario a virar y perder tiempo.

