Cita:
Originalmente publicado por Gambrinus
Estas tan desfasado como los del MAPA. Anda, leete el BOE de Mayo de 2008 y entérate :
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/d...07&txtlen=1000
¨Artículo 9 Tallas mínimas.
1. La talla mínima de captura del atún rojo será de 30 kilos o 115 centímetros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento 1559/2007. ¨
Un saludo
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Hola Gambrinus deberias de leer un poquico mas, no te parece?, antes de insultar, venga te pongo dos párrafos de ese BOE,lee despacio ¿vale?, no te vayas a estresar
"No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los buques incluidos en el censo específico de la letra a) del artículo 3.1 y en la letra b) del artículo 4.2, podrán capturar atún de peso comprendido entre 8 y 30 kg,
Otro parrafo “5. Para el resto de flotas no comprendidas en los apartado 2 y 3, se permite hasta un máximo de un 8% de captura fortuita de atún rojo de peso comprendido entre 10 y 30 kg."

Saludos
Principealegre