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Antiguo 23-01-2007, 12:13
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pasqual pasqual esta desconectado
Piratilla
 
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Predeterminado Re: Traspasa los limites de tu zona de navagación.. duda

Vamos a ver, vamos a ver, vamos a ver . . .

NO se puede sobrepasar cuando navegamos, ni las atribuciones de nuestro título, ni las zona de navegación que figura en los papeles de nuestro barco.

Ahora bien, todos sabemos que las embarcaciones de recreo tienen asignada por sus características, capacidades marineras y grado de cumplimiento de unas exigencias técnicas, en cuanto a su diseño y construcción, una categoría de diseño con un número máximo de personas a embarcar, posteriormente es el propietario de la embarcación quien decide despachar la embarcación en ese límite o para navegar en una zona que llegue a ese límite o bien limitarse el mismo a otra inferior.

Exigencias técnicas, y obligaciones en cuanto a estabilidad, principalmente, que hacen que en numerosos modelos vean como aumenta su capacidad máxima para categorías de diseño inferiores a la máxima.

Como sabemos, de una parte la cantidad y cualidades de los equipos se seguridad, salvamento y material náutico varían según la zona de navegación para la cual despachemos la embarcación, y el número de personas embarcadas. Exigencias estas, que al igual las limitaciones de atribuciones del título náutico que tenga el armador, llevan a los propietarios a seleccionar una inferior a la máxima que pudiera despachar.





Entonces, después de este rollo. Si usted tiene una embarcación que por diseño, tiene una categoría que permitiría hacer legalmente la travesía hasta Canarias, pero la tiene despachada en una zona de navegación que no permite dicha travesía, y no desea aumentar la zona de navegación en la cual esta registrado su barco.

Pues entonces, debe pedir un permiso para hacer esa travesía a su Capitanía, la cual se lo concedera para realizarla en un periodo determinado (es decir que el permiso caduca), siempre que por diseño se puedea asignar, bajo dos condiciones:
1. Deberá estar gobernada por un patrón con la titulación adecuada para dicha travesía; y
2. Deberá equipar todo el material náutico, de seguridad y salvamento exigido para la misma.


Respecto de lo de los amigos de verde, pues si té pueden multar, es más tal como funciona en este país la presunción de inocencia, como se huelan que el barco no es de la zona y que pudiera haber venido navegando de fuera, te clavarán la MULTA. Y ya te quedá a tí y tus abogados el trabajo de demostrar presentando facturas, conocimientos de embarque, resguardos de entrga, etc... que el barco fue trasladado transportado en un TRAILER que viajó en un buque, que fue transportado sobre la cubierta de un gran buque, o el caso del permiso provisional.
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