Cita:
Originalmente publicado por Vicente
Hay ya algun post con todo tipo de detalles sobre el abanderamiento, pincha en buscar y saldras de dudas.
Te adelanto que no puedes llevar un barco de bandera extranjera siendo nacional.
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Hola a todos, corrigemdum al amigo Vicente, puedes llevar bandera "extranjera" si eres residente fuera del territorio Nacional. Es mi caso.
Todas las inspecciones de Agencia tributaria y Guardia Civil sin problemas. Al principio, sobre todo GC, se ponen un poco pesados, pero no hay vuelta de hoja. Si eres residente en Francia puedes batir pavellón francés sin problema. La Agencia tributaria te pedirá la justificación de liquidación de IVA en el país de abanderamiento o en el del puerto de amarre.
Si resides en España, Vicente tiene razón y No puedes tener un barco a tu nombre.
Saludos
EUREKA