Cita:
Originalmente publicado por buzo
Aún a riesgo de cabrear a quien corresponda, quisiera aclarar que no se trataba de exaltaciones patrioticas (que no entiendo porque se prohiben) sino de honores a un navegante.
A muchos puede parecerles lo mismo, pero no lo es. Ruego se documenten antes de amonestar.
http://www.armada.mde.es/ArmadaPorta...s_militares_es
|
Bos días


Hombre, me parece muy bien que despidas (despidamos) a Bandit con el cariño y los honores que se merece

, pero no termino de ver en que grupo lo incluyes para hacerlo merecedor de honores de Ordenanza
"Artículo 1.° Las Fuerzas Armadas, representando a la Nación y en nombre de los poderes del Estado, serán las encargadas de rendir los honores de Ordenanza en los actos o ceremonias oficiales.
Se rendirán honores a:
- La Bandera de España.
- Su Majestad el Rey y a S. M. la Reina.
- Su Alteza Real el Príncipe de Asturias.
- Sus Altezas Reales los Infantes de España.
- Los Poderes del Estado definidos por la Constitución en las personas que los representan.
- Las autoridades civiles y Mandos militares que se determinan en este Reglamento.
- Las autoridades extranjeras de rango equivalente. "
Saúdos
