Cita:
Originalmente publicado por pigafeta
¿Veis, y me dirijo sobre todo a wandyta que me echó la bronca el otro dia, como el tema del barco de valencia si podía derivar en un tema estrictamente nautico?
Por cierto sobre el control de las titulaciones por parte de la Guardia Civil . Decís que mas allá de las doce millas el problema lo tendriamos solo con el seguro. ¿ No hay ademas ninguna sanción prevista? Entonces no entiendo para que hay limites, la verdad ,y por que se diferencia entre 12 y 60. Aparte de la estupidez que es no poder ir a 15 millas con un velero o motora de 10- 11 metros. Absurdo,.
Y sobre los seguros a mi me han dado algunas compañias garantias de que si lo suscribia con ellos "no habría ningun problema" en caso de tener que dar un parte mas allá de las 60 que me permite mi titulo de patrón de yate. Claro que por escrito no llegue a ver el contrato. Y la letra es lo que cuenta. 
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Pues yo creo que es que partes de un punto de vista equivocado.
Los títulos
no se basan exclusivamente en la facultad de excluirte de una posible sanción según las millas en que te encuentres.
Los títulos, en teoría, deberían capacitarte por un tipo de conocimientos.
El tipo de conocimientos de Navegación del PER se basan en poder tener "tierra a la vista", mientras que en los de PY y CY entra la estima.
Ahora podríamos hablar de si actualmente estas consideraciones son apropiadas o no, pero... ya sería otro post.
Saludos
