Cita:
Originalmente publicado por capitan tximista
Mestoy liando con el cruce.
Parece que hay dos hilos abiertos. Uno de las leyes en barcos extranjeros y otra con las leyes sobre barcos españoles. creo
Sin querer cortar a nadie, a ver si podemos poner un poco de orden. el que sepa ponerla.
Un saludo. y unas  . pero no a 12 millas
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Capitán, no hay en España dos leyes, hay una legislación única. El derecho Internacional contempla que haya barcos extranjeros transitando por aguas de otro país, pero eso también está dentro de nuestra legislación como parte de ella.
Los extranjeros en España tienen que cumplir nuestras leyes, como nosotros en otros países. Y si no están en España, pues depende del derecho Internacional, o del derecho del país donde estén.
Pero el derecho de otros países no me preocupa en absoluto.
Hablo de nuestras Leyes y de cómo en determinados casos (comenté el caso de la ablación) se consideraba un delito aunque estuviese realizada en Mauritania, a una niña que, estando en España, es enviada allí por sus padres por este motivo.
El que el Estado pueda o no perseguir un delito, no lo hace más ni menos delito según nuestras leyes. Sigue siendo delito el asesinato, aunque si matas al tío en Francia, España no te puede perseguir. Lo hará Francia.
Aún así, se pide muchas veces la extradición, porque hay delitos que se cometen en España, cuya infraestructura opera fuera de nuestras fronteras. No es España, está claro, pero se persigue. No deja de ser delito.
Por eso discuto con Rom, porque una cosa es que puedas perseguir al tipo y otra que sea o no un delito lo que hace.
El tema del barco, aprovechando el derecho marítimo, puede sentar un peligroso precedente. Por eso Rom decía (y con buen criterio) "no des ideas". Pero, claro, eso contrasta con su afirmación, al hacerse fuera de nuestras fronteras, a mi plim.
Saludos.
Rog