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Antiguo 23-10-2008, 09:47
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Legislación Marítima: Aguas jurisdiccionales

Supongo que sólo los ejemplos pueden llevarnos a la comprensión del asunto, así que yo también pondré uno.

Supongamos que Afganistán tiene mar y que vuelve a ser gobernado por los talibanes. En Afganistán, la Ley islámica prohibe que las mujeres estudien y prohibe también que sean vistas por otro hombre distinto que su marido (esto es cierto) por lo que, como no hay médicos mujeres, las que enferman están condenadas a no tener atención médica. Un barco español amarra en puerto afgano y afirma que va a atender, en alta mar, a cuantas mujeres deseen recibir cuidados médicos.

El caso me parece el mismo.

¿Cometería el barco un delito EN Afganistán?

¿Sería lícito, según las leyes internacionales, que el gobierno talibán detuviera a los tripulantes antes de haber cometido ningún delito?

¿Sería lícito que los detuviera después, si el reconocimiento médico es legal en España y, además, se ha practicado fuera de Afganistán?

Es posible que si algo así ocurriese ahora, el gobierno afgano invitase al barco a abandonar sus aguas para evitar tener problemas internos con los integristas fanáticos, que consideran que la salud de las mujeres es un bien menor en comparación con la posibilidad de alcanzar el Paraíso Eterno. No sé si va por ahí la pregunta que se plantea de si el gobierno español no hubiera podido "hacer algo" también. Creo que no, pues las condiciones sociales y jurídicas de España no son equiparables a las de Afganistan y, en consecuencia, no pueden utilizarse en este ejemplo.
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