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Antiguo 23-10-2008, 12:27
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papaventos papaventos esta desconectado
Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Legislación Marítima: Aguas jurisdiccionales

Vamos a ver Rog, lo escrito por mi se refiere a la jurisdicción española sobre buques abandarados en España (por aquello de que alguien dijo que la GC no puede pedirte el título fuera de las 12 millas) y además señalé "en principio", porque si el barco está en aguas internacionales la cosa es clara pero si está en aguas jurisdiccionales de otro país se complica.
Respecto a lo que tu dices me remito al artículo que he señalado (aunque es materia muy discutible).
Tampoco es posible mezclar normas de derecho administrativo (cosas como titulaciones, despacho del buque, etc) con otras de derecho penal.
Por ultimo, si alguien saca a una menor sin permiso paterno o a un mayor de edad contra su voluntad (secuestro) en un barco que parte de un puerto español, está claro que el delito está cometido en territorio español.
En fin ... tema complejo.
Saludos


Cita:
Originalmente publicado por Roger Rabbit Ver mensaje
Esto es cierto papaventos, para todos los buques, salvo en dos excepciones que contempla explícitamente el reglamento:

1) En caso de guerra, en el que lógicamente el derecho de paso inocente queda restringido para buques del país con el que se está en conflicto.

2) En caso de que el paso no sea inocente, como especifica la legislación. Es decir, que el buque no utilice las aguas territoriales para infringir las leyes del país. Aun así, el buque puede ser inspeccionado.

Creo que estamos en el segundo caso.
¿Por qué?

Porque el buque no está operando en el país que lo abandera, dentro de la legislación de ese país, sino que para hacer lo que su propaganda proclama, necesariamente tiene que entrar en aguas territoriales de otros países donde su actividad es delictiva y perseguible, sacando de allí ciudadanos (una menor en este caso) sin permiso paterno... (¿sacar un menor sin permiso paterno de un país no es un secuestro, perseguible incluso en aguas internacionales?, me gustaría que un jurista me aclarase esto porque a un padre que se lleva a su hijo fuera del país sin permiso de la madre, lo ponen en busca y captura en menos que canta un gallo).

Por eso, cuando vienen delincuentes, espero que las autoridades a las que pagamos, cumplan el reglamento que nos hacen aprender, además de preocuparse muchísimo por la caducidad de mis bengalas.

Y no puede decirse que no se sabía que iba una menor, porque si es un barco que admite pasaje, las listas de pasajeros están en algún lugar necesariamente.

Albacora: en mi opinión, lo que está ideologizado es tu comentario, no creo haber hecho alusión a cuestiones de otro orden que no sean la legislación. Por favor, no hagamos que un hilo que profundiza (con un caso concreto, eso sí) en un tema que nos atañe, acabe como siempre. Slater ya ha borrado el suyo sensatamente, pues no procedía. Entiendo que deberías hacer lo mismo. La aplicación de la ley no es una cuestión moral, es la obligación de nuestras autoridades.


Rog

Editado por papaventos en 23-10-2008 a las 12:32.
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