Cita:
Originalmente publicado por rom
A mi lo que me gustaría saber es,
si un barco es inspeccionado en las islas Balerares, p.e., y los agentes se dan cuenta de que el barco tiene base en un puerto de la península (¿lo pone en los papeles?, ahora no recuerdo...) y su patrón sólo tiene el PER y el barco no está despachasdo para ir a más de 12 millas, ¿pueden preguntarte "cómo ha llegado este barco a las islas"?.
Bueno, preguntarte imagino que puede preguntarte lo que sea, pero, ¿pueden denunciar ese hecho?.
Porque si estás en ese momento a menos de 12 millas y tienes el PER, en ese momento el barco cumple la legalidad vigente, y entonces ¿pueden denunciar una supuesta irregularidad con carácter retroactivo?
¿alguien lo sabe?

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Yo entiendo que si pueden, entonces tu te tendrás que espabilar a probar que el barco cruzó con un PY (si estaba despachado para zonas 1 o 2) o presentar la factura de transporte marítimo correspondiente.
A mi entender es lo mismo que cuando llama a tu puerta un amable inspector de hacienda y te solicita, también con carácter retroactivo, que justifiques como pagaste, tres años antes, el apartamento en Vaqueira, el ático en Oropesa, el Ferrari, el Aston Martin y tu velero OVNI.
En ambos momentos lo ideal es tener a mano el número de teléfono de un buen abogado, aunque no me consta que la GC esté investigando a los barcos que llegan a Baleares, ni a los isleños que dan el bote para ir al SN de Barcelona.