Que una esta un poco perdida en esto:


No existen unas tablas de valoraciones legalmente establecidas por el Ministerio de Hacienda en cuanto a embarcaciones de recreo ?
De ser así podríamos firmar un contrato de compraventa donde no apareciera el precio del barco y pagar simplemente en función de esas valoraciones ?
Estaríamos incurriendo en un delito al pagar por las valoraciones de Hacienda en lugar de por el importe de compra ?
Es vinculante la valoración que figure en la póliza del seguro a efectos del pago a Hacienda ?
Y en el caso de que fuera vinculante que pasaría si el seguro solamente contempla daños a terceros y por lo tanto no figure ninguna valoración del barco en póliza ?