Cita:
Originalmente publicado por sondemar
Hola a todos, Albariño pais para la gente, deduzco de lo leido que si yo tuviese un pastinaca o similar (que esta por decidir) tendria que optar entre usarlo en aguas interiores o en costa gallega en función de la documentación que tenga?
Por consultas que he realizado,se me ha dicho, que lo que hace a estos barcos matriculables es que dispongan de motor y entiendo que si yo matriculo el mio en Galicia, que es donde navegaría en verano, el barquito (remolcable) esta suficientemente identificado y dado de alta en cualquier pantano en el que yo decida navegar. Eso me dicta el sentido común, corregidme si me equivoco, por favor.
Saludos
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Suficientemente identificado, supongo que sí, si está matriculado; dado de alta... si con eso te refieres que tienes ya permiso para navegar en los pantanos, me temo que no. Son las Confederaciones Hidrográficas las que conceden estos permisos.
Mira esta página (Cuenca del Tajo, si es otra cuenca será igual, creo)
http://www.chtajo.es/usos_agua/ut_navega.htm
Para bajarte el impreso de solicitud del permiso de navegación y tener más información
http://www.chtajo.es/otros/tipos_exped.htm

