Re: EXAMEN Madrid PY 11/08
Los remolcadores de altura se deben registrar en la Lista 1ª, no así los de puerto, radas o bahías que lo harán en la Lista 5ª.
Joer, como se está poniendo el tema. Al final los deportivos van a tener que ser profesionales.
En fín, Serafín...
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Me gustaría vivir como vivo...pero pudiendo.
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