Cita:
Originalmente publicado por pacotronch
... haciendose la compra mediante escritura ante notario...
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Hombre, en una escritura, si acude el vendedor, el notario toma nota de ser quien dice ser, mediante el DNI... que se anota en la escritura.
Y si la compraventa se ha hecho ante notario, habiendo acudido los dos y si de forma clara en esa escritura se produce la compraventa (no una promesa de venta, o cosa parecida), que será lo esperable, no entiendo esa cerrazón.... salvo "a mí me han dicho...".
¿Lo has comentado en la notaría? ¿Lo has intentado con los mandamases de la Capitanía? ¿Alguna gestoría que tenga mano izquierda con la autoridad?
Y si es la administración tributaria (supuesto fuera de segunda mano) está prescrito, casi seguro, así que...
Y si eso no funciona, dile que sí y le das... 1.500 h... Pirata :-)
Rondas y saludos.
Edito:
Por cierto, Pacotronch.
En estos foros, también hay unas pequeñas normas, que incluyen el presentarse como es debido y no entrar a escondidas en la taberna e invitar a unos tragos virtuales. Como te pille el portero, al que le vas a dar 1500 h... va a ser a tí... :-)