Estimado Paco, saludos y
Me temo que he de discrepar contigo, absolutamente en todas las leyes dice que el patrón es el responsable de su barco, y tiene la obligación de hacer frente a todas las reponsabilidades derivadas de sus acciones. En ningún sitio se le libera de las responsabilidades económicas. Es más, cualquier seguro que contrates lo hace a título de responsable subsidiario, de tal manera, que si el seguro no paga, tú debes hacerte cargo del importe de la deuda, en primera instancia, y luego pleitea con el seguro para ver si puedes recuperar lo pagado.
Es conveniente tener claros los conceptos, porque siempre tendemos a creer lo que nos parece que debe ser, pero la realidad, la mayoría de las veces es la que es, y luego vienen el llanto y el crujir de dientes.
Que nos quede claro que cada vez que sacamos el barco del pantalán (e incluso, dependiendo del caso, sin sacarlo siquiera), estamos ejecutando una acción que nos convierte en responsables de absolutamente todo lo que hagamos y que legalmente, se nos puede exigir la responsabilidad derivada de nuestros actos, nos guste o no.
Otro saludo y más
