Cita:
Originalmente publicado por Keith11
Este hilo ha sido catastrofico para mis convicciones
Me asalta una duda... supongo que un dia voy a Mallorca (110 millas aprox) y a medio camino, o sea, a 55 millas de la costa, por tanto lejos del alcance de la VHF, me encuentro un barco a la deriva por averia... el tiempo es bueno, el mar calmado. Supongamos que es un velero con el motor averiado y el viento esta calmado...
¿no debo remolcarle? ¿estoy cometiendo una infraccion?
La verdad, si la respuesta a ambas preguntas es afirmativa, me parece que el mundo se ha vuelto loco con tanta ley y con tanta norma
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Estimado cofrade, saludos y

En el caso que comentas, el proceder correcto sería:
Llamas a SM por AM (la VHF seguramente no tendría cobertura), y les informas del suceso, y de que estás en condiciones de poder dar remolque a la embarcación hasta que se pueda hacer cargo alguien con más atribuciones. Esta llamada queda grabada en SM (las graban todas) y lo más probable, si es que SM no dispone de ningún barco con mejores condiciones para efecturar el servicio, es que te autorice a realizar tú el remolque. A partir de ese momento, técnicamente, dejas de ser una embarcación deportiva y pasas a ser un buque comisionado por SM para poder dar el remolque.
Si no aparece antes otra embarcación (o si SM no desplaza a uno de sus patrones para tomar el mando del tren de remolque), puedes meter el barco remolcándolo en el puerto más cercano, completando tú todo el servicio de auxilio.
Y creo que el resto queda claro, estamos autorizados a efectuar un rescate o a intervenir en caso de urgencia, pero atar a nuestro barco el de un amiguete que tiene que llevar el motor a reparar a otro puerto, lo tenemos totalmente prohibido.
Otro saludo y más
