Cita:
Originalmente publicado por mazarredo
Estimado cofrade, saludos y 
En el caso que comentas, el proceder correcto sería:
Llamas a SM por AM (la VHF seguramente no tendría cobertura), y les informas del suceso, y de que estás en condiciones de poder dar remolque a la embarcación hasta que se pueda hacer cargo alguien con más atribuciones. Esta llamada queda grabada en SM (las graban todas) y lo más probable, si es que SM no dispone de ningún barco con mejores condiciones para efecturar el servicio, es que te autorice a realizar tú el remolque. A partir de ese momento, técnicamente, dejas de ser una embarcación deportiva y pasas a ser un buque comisionado por SM para poder dar el remolque.
Si no aparece antes otra embarcación (o si SM no desplaza a uno de sus patrones para tomar el mando del tren de remolque), puedes meter el barco remolcándolo en el puerto más cercano, completando tú todo el servicio de auxilio.
Y creo que el resto queda claro, estamos autorizados a efectuar un rescate o a intervenir en caso de urgencia, pero atar a nuestro barco el de un amiguete que tiene que llevar el motor a reparar a otro puerto, lo tenemos totalmente prohibido.
Otro saludo y más 
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¿AM?

Mi barco esta legalmente despachado en zona 2 y no tengo AM. Tengo el VHF con DSC clase D. No se necesita la AM
¡¡Todo legal!! (como el Piterman

)
(lo de AM lo dices por lo "amplitud modulada"...¿no?, por contraposicion con la FM "frecuencia modulada". Es que si no, no sé que es la AM

(siempre pense que el titulo de CY me viene grande)
En cualquier caso, como esto no es una republica bananera habra una ley o reglamento donde se legisle eso, ...y tengo mucho interes en leerme hasta las disposiciones adicionales, las transitorias, las ultimas, etc, etc... de la ley o reglamento donde se recoja esto que dices
Cita:
Originalmente publicado por mazarredo
pero atar a nuestro barco el de un amiguete que tiene que llevar el motor a reparar a otro puerto, lo tenemos totalmente prohibido.
Otro saludo y más 
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Mas que nada para conocer la ley en su conjunto, y no un articulo concreto de la misma
Saludos
PD... esta claro que si esa ley/reglamento no existiera, la GC no me podria denunciar por esa razon, sea la causa del remolque que sea. De hacerlo caerian en un delito de ... hummmm ¿como se dice? que me ayuden los letrados...
¿que escribirian en la casilla del boletin de denuncia

destinada al articulo de la ley "tal", que hubiera, supuestamente, infringido?
