Cita:
Originalmente publicado por Chollo
El problema que hay, ya se ha tocado en repetidas ocasiones, todo se reduce a la interpretación del inspector radioeléctrico de la capitanía en cuestión.
|
Ese es el problema.
¿Tan difícil hubiera sido esto?
Cita:
|
Artículo 60. Zona de navegación 5.
Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones por la zona 5 deben ir provistas de una instalación radioeléctrica de VHF, fija o portátil, a partir del 1 de enero de 2007. Si la instalación es de tipo fijo, deberá ser apta para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partirdel 1 de enero de 2009.
<<Como instalación portátil de VHF, se podrá usar cualquier radioteléfono portátil autorizado por la Dirección General de la Marina Mercante, y no se le exigirá el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23. Lo dispuesto en este párrafo será también de aplicación para aquellos radioteléfonos portátiles de VHF que se porten de manera voluntaria en buques despachados exclusivamente para zona 6 o zona 7.>> (por ejemplo)
|
Y con eso, valía cualquiera y no había que hacer interpretaciones. Y no ponía el marrón a bordo del compañero que en una zodiac quería llevar un portátil sin ser un ilegal.
Y a falta de eso, una ORDEN MINISTERIAL aclaratoria.
(Por ahí hay campo para el ANAVRE o cualquier asociación...

)
Saludos
