"Gur mornin". Servíos lo que queráis, cafelito, etc.
La mayoría de procedimientos marítimos de radio derivan de convenciones internacionales. Es decir, países se ponen de acuerdo en hacer las cosas de cierta manera. Una vez acordado, cada país lo refleja en su legislación.
Por lo que la escucha en el 16 (y más cosas), no es un capricho de la Administración española, es un acuerdo internacional reflejado en una ley local.
Lo de los "minutos de escucha y silencio" nos viene de antiguo (principios del XX), cuando se vio la necesidad de reglamentar (organizar) el uso de las bandas de radio (y después de más de un desastre producido por no poder oir al barco en peligro debido a las interferencias causadas por terceros. La versión "moderna" de esto sería hoy alguien pidiendo "mede" en el 16 y varios comentando sobre si hay "sitio" para aparcar el trasto en esa marina o en la otra...)
No estaría mal darle, de vez en cuando, una re-lectura al capítulo de "Procedimientos Radioeléctricos" de algún libro.
De momento, por si fuera interesante este link:
http://www.salvamentomaritimo.es/ind...menu=D1&open=4
Saludos