coñe , no esta suficente claro :
RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2007, de la Dirección
General de la Marina Mercante, por la que se amplía la
fecha de la escucha continua en el canal 16 de VHF por
parte de los buques civiles y estaciones costeras españolas.
(BOE 27-12-2007)
"Primero.–En todos los buques españoles, mientras permanezcan en la
mar, se mantendrá una escucha continua obligatoria en la frecuencia de
socorro de 156,800 MHz (canal 16 de VHF), utilizada en radiotelefonía.
Cita:
Originalmente publicado por Bohemia
Cuando la ley se refiere a "buques españoles", probablemente se refiera a buques, buques, vamos .... a barcos grandes, profesionales, pesqueros..... en escucha permanente porque serían los más preparados para ayudar en caso de emergencia.
Los barcos de recreo, no te pueden obligar a estar permanentemente porque precisamente es un barco de recreo: descansas, desconectas, pescas, te tiras al agua, comes con las manos, haces siesta, haces yoga, patronas el barco manteniendo el rumbo y luchando con un viento que no es favorable,.......o si vas a motor, no hay quien oiga nada.
Si es obligado el silencio los 3 minutos a las horas y las medias horas, es el silencio y la escucha. Porque probablemente es en ese tiempo cuando se den los avisos urgentes a los navegantes, o las emergencias.... etc.... A ver si vamos a confundir los minutos de silencio a apagar la radio precisamente en ese tiempo que es cuando hay que estar a la escucha obligatoria.
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Si no quieres tener la radio en marcha la apagas y NO PASA NADA, pero dejar de buscar justificaciones de lo no justificable
Y los minutos de silencio son para poder escuchar los barcos (o balsas o pateras , o ....) que llevan un walki y si los demas hablan , NO les escucha ni
San Pedro
PD dicen que no hay peorsordo que el que no quiere oir