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Antiguo 23-01-2009, 01:50
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Predeterminado Re: Condiciones españolas ó inglesas?

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Originalmente publicado por LORDRAKE Ver mensaje
Me gustaria plantearos una cuestión de fondo referente a las llamadas clausulas inglesas.
Recientemente se ha producido un fallo judicial sobre un siniestro acaecido a un barco cuyo seguro estaba en base a las clausulas inglesas. Concretamente el litigio surgio al negarse la aseguradora a pagar la cobertura argumentando que el siniestro se habia producido en una situación anomala por ausencia de titulación adecuada. La sentencia ha sido contraria a la cia de seguros en base a que este habia sido efectuado con clausulas inglesas, por tanto prevalece la normativa inglesa, y en esta normativa no es preceptivo poseer ninguna titulación para navegar.
La cuestión es si esta sentencia pudiera tener repercusiones "colaterales" en situaciones similares por incumplimiento de normativa española ante siniestros.
Me agradaria conocer interpretaciones cualificadas sobre este interesante tema.
Un saludo
LORDRAKE
Es una sentencia de lo más interesante como tuve oportunidad de comprobar cuando tuviste el detalle de enviármela, la cuestión está en asegurarte de que no añaden ninguna condición con respecto a exigencias de titulación o despacho en las condiciones particulares de tu póliza...

En principio, si se aplican las cláusulas inglesas, no hay esa exigencia... pero ojo con las condiciones particulares, hay que leerlas muy bien antes de firmar.

a vuestra salud!!!
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