Re: Tengo que homologar la radio si no la "necesito" para mi zona de navegación?
Hola, más sobre el RD 1185/2006:
Artículo 7. Licencia de estación de barco (LEB).
1. Los buques españoles que dispongan de algún
equipo transmisor de radiocomunicaciones de uso marítimo,
ya sea de uso obligatorio o de instalación voluntaria,
deberán disponer obligatoriamente de la licencia de
estación de barco (LEB) expedida por la Dirección General
de la Marina Mercante. Esta licencia deberá estar situada
en un lugar fácilmente visible de la estación radioeléctrica
del buque para el que fue expedida y ampara y autoriza,
exclusivamente, los equipos, frecuencias o canales reseñados
en ella.
No estarán obligados a disponer de licencia los
buques que dispongan solo de equipos radiotelefónicos
portátiles de ondas métricas cuyo uso se destine exclusivamente
a servicios de emergencias marítimas.
Tampoco se incluirán en la licencia equipos emisores
tales como radares, sondas u otros que no sean los considerados
como equipos transmisores utilizados para las
radiocomunicaciones marítimas.
Un saludo
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rookie
EC2ALV
"matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre"
Sebastian Castellio, Contra Libellum
"The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982)
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