Re: PER y Zona II
En mi opinión, podriamos denominar la legislación vigente al respecto como de maximos. Si un barco no puede alegarse mas de 12 millas de la costa, porque asi esta despachado, no puede alejarse mas de esta distancia, tenga el titulo que tenga el patron y si lo maximo que puede alejarse de la costa un PER es 12 millas o 60 un PY, pues no puede alejarse mas de una costa. El maximo que un barco puede alejarse de una costa lo fija el minimo de uno de los dos, o la fijada por el despacho de la embarcación o la del patron. Otra cosa diferente, que a mi modo de ver no tiene nada que ver, es el limite de la eslora maxima o potencia de motores que cada titulación autoriza. Por esto en el certificado pone la titulación mínima, un barco de mas de 12 metros requiere como mínimo un patron de yate. O así creo yo que es o he metido la pata muchas veces.
Y una birra mas,.....
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