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Antiguo 29-01-2009, 23:37
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Pirata
 
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Predeterminado Re: Hay algún Guardia Civil del mar por aquí.....


Artículo 60.
Zona de navegación 5.

Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones
por la zona 5 deben ir provistas de una instalación
radioeléctrica de VHF, fija o portátil, a partir del 1 de enero
de 2007. Si la instalación es de tipo fijo, deberá ser apta
para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partir
del 1 de enero de 2009.

En zona 5 estas obligado a tener una instalación radioelectrica de VHF. Tu portatil es apto aunque no tenga DSC.

Artículo 7.
Licencia de estación de barco (LEB).

1. Los buques españoles que dispongan de algún
equipo transmisor de radiocomunicaciones de uso marítimo,
ya sea de uso obligatorio o de instalación voluntaria,
deberán disponer obligatoriamente de la licencia de
estación de barco (LEB) expedida por la Dirección General
de la Marina Mercante. Esta licencia deberá estar situada
en un lugar fácilmente visible de la estación radioeléctrica
del buque para el que fue expedida y ampara y autoriza,
BOE núm. 261 Miércoles 1 noviembre 2006 37911
exclusivamente, los equipos, frecuencias o canales reseñados
en ella.
No estarán obligados a disponer de licencia los
buques que dispongan solo de equipos radiotelefónicos
portátiles de ondas métricas cuyo uso se destine exclusivamente
a servicios de emergencias marítimas.

Por tanto, aunque sea portátil, EN ZONA 5 NECESITAS LEB. Si tu caso fuera zona 6, seria voluntario y portatil y por tanto SI SOLO LO USAS PARA LLAMADAS DE EMERGENCIA NO NECESITARIAS LEB.
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