[quote=martinsabo;479075]De balsas no se nada. Respecto a los equipos radioelectricos:
Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
Artículo 54. Infracciones graves.
Se consideran infracciones graves:
- j. La distribución, venta o exposición para la venta de equipos o aparatos cuya conformidad con los requisitos esenciales aplicables no haya sido evaluada de acuerdo con lo dispuesto en el título IV de esta Ley o con los acuerdos o convenios internacionales celebrados por el Estado español.
En parte llevas razón, pero el significado de ..."conformidad con los requisitos esenciales aplicables"...no significa que "obligatoria y previamente deben estar autorizados por la Dirección General de Comunicaciones.." que es lo que debería decir.Por eso hay equipamientos que se venden legalmente (¿?) y no están en la famosa lista de la Dirección General. Sólo hay que consultar los catálogos de algunas de las firmas de distribución de artículos náuticos ( seguridad, salvamento, comunicaciones etc)para comprobarlo Es muy lamentable pero es así. Y algo se debería hacer.
