
01-02-2009, 21:49
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Hermano de la costa
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Re: Abanderamiento comunitario
Siento comunicarte, como apunta TINGIS, un residente español (persona que reside en españa mas de 183 dias al año) no puede tener o navegar en cesión/alquiler/uso en un barco con matricula UE en España. En esos casos se dispone de un mes para "regularizar" la situación procediendo a matricular en España el barco.
Esto es así sin excepciones. Sea quien sea el propietario del barco.
No le deis mas vueltas.
Saludos
LORDRAKE
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El GRAN AZUL
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