Cita:
Originalmente publicado por Itaca2
Por cierto, si no recuerdo mal las aguas territoriales finalizan a 12 millas, no? A partir de ahi son internacionales, verdad ? La GC puede perseguir delitos como la pirateria, el tráfico de hombres, droga, armas y gran delincuencia, no? pero tiene jurisdicción para faltas administrativas ?
A ver los expertos en derecho que opinan 
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Me temo que la legislación que se aplica en función de la bandera y la normativa española se aplica a cualquier barco, si tiene pabellon español, dentro o fuera de nuestras aguas territoriales y se podria aplicar incluso una falta administrativa a un barco español por una falta cometida en las Antillas.Y no es que yo lo crea, que no creo que deba ser así, sino que es la opinión de la administración. El tema es más complejo, pero creo que es un buen resumen. Saludos.