Cita:
Originalmente publicado por patachula
Saludos y  . Si se refiere a una tasa. " Espejo de agua " es la que pagamos anualmente por luces y balizamiento marítimo. A los barcos de bandera extranjera le cobran, al tocar puerto, el 10% de la misma y por cada x tiempo que desconozco de permanencia el 10% mas, hasta completar el 100%. Si voy equivocado ya me aaalumbrarán vuestras mercedes.
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Perdona, creo que no es exactamente así, eso que comentas son las Tasas T-O y T-5. que son aplicables exclusivamente a la embarcación.
Lo otro es aplicable al atraque, a las zonas comunes de concesión tanto en las mar como en tierra. Son las Tasas Portuarias (metros cuadrados de concesión)
Etoy hablando que es lo que conozco en terrenos de la A.P. Ministerio de Fomento.
Saludos