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Antiguo 05-02-2009, 10:29
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Pirata
 
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Predeterminado Re: Transmisión de amarres

Ya veo que en este asunto puede aplicarse aquello de "MAL DE MUCHOS.. CONSUELO DE TONTOS".

Seria de risa si no estuvieramos hablando de mucha , pero mucha pasta..
He estado repasando la Llei de ports i el Reglament de la Llei de Ports, i creo entender que dice que las transmisiones de cesión de uso han de inscribirse en el registro de la Propiedad. Cosa que no conozco a nadie que lo haga, ¿o.. si se hace ??

No se si esto serviria para tener alguna garantia jurídica, que acreditara algun derecho sobre el amarre, dado que el "papelito" és papel mojado

Me gustaria saber , que tipo de documento hacen ahora en los puertos nuevos y como justifican el cobro de las aportaciones.

¿Lo hacen constar como el pago por adelantado del alquiler anual, hasta la finalización de la concesión???

Gracias a todos
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